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El Tribunal Supremo acaba de dictar una importante sentencia en materia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Nos referimos a la sentencia de 19 de mayo de 2020, que resuelve el recurso de casación número 499/2020, en la que se trata de delimitar el concepto de ajuar doméstico y su valoración a efectos de cálculo del Impuesto. |
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Recientemente, la Audiencia Nacional ha dictado una importante sentencia que afecta al ámbito de aplicación de la exención en IRPF de las retribuciones percibidas por trabajos realizados en el extranjero -regulada en el artículo 7. P) de la Ley del IRPF. Se trata de la sentencia de 19 de febrero de 2020, rec. 485/2017, en la que se declara que dicha exención también resulta aplicable a las retribuciones percibidas por los consejeros delegados por el desempeño de determinados trabajos en el extranjero. |
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El 27 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, introduce algunas modificaciones en la ampliación de determinados plazos mercantiles que se ha llevado a cabo como consecuencia de la crisis del COVID-19. |
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Nadie puede negar las consecuencias económicas que a día de hoy se han puesto de manifiesto con ocasión de la crisis sanitaria del COVID-19. La falta de liquidez en las empresas es la primera de ellas, lo que lleva aparejado que se incremente el número de impagos en las facturas emitidas a nuestros clientes. |
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Así lo ha dispuesto la Dirección General de Tributos (DGT) en una reciente consulta vinculante, la número V0589-20, de 16 de marzo, en la que se establece que los supuestos de exención o no sujeción aplicables a determinadas fórmulas de retribución flexible -tickets restaurantes, seguros de enfermedad, cheques guardería, etc.- también son aplicables a los trabajadores acogidos al régimen fiscal especial de trabajadores desplazados a territorio español (régimen impatriados). |
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El Consejo de Ministros del pasado viernes, 29 de mayo, aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), el cual se regula en el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo publicado en el BOE del 1 de junio de 2020.
Con él se persigue reducir la pobreza y hacer más redistributiva la acción del Estado. |
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El 27 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19.
De nuevo, la aprobación de esta norma contempla medidas fiscales, la mas importante de ellas afecta a la presentación del Impuesto sobre Sociedades. |
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